El
riesgo cambiario puede ser definido como la desviación de los valores esperados
del tipo de cambio de una moneda (Adler, 1984),
o como lo define Levi (1997), la variabilidad de
los valores (activos, pasivos o ingresos) como consecuencia de la exposición a
las variaciones en el tipo de cambio.
Este
tipo de riesgo se produce cuando existe un descalce entre los activos y
pasivos, es decir, si por ejemplo, los primeros referenciados en moneda local
son diferentes a los segundos expresados en moneda extranjera. De manera que,
ante un proceso de depreciación del tipo de cambio, se generarían pérdidas en
moneda local cuando los pasivos son mayores que los activos. De acuerdo a
Mendiola (2018), pueden existir tres
posiciones a los que puede estar expuesto un agente:
- Posición
larga: cuando los activos en moneda extranjera son mayores a los pasivos
expresados en moneda extranjera.
- Posición
corta: cuando los activos en moneda extranjera son menores a los pasivos
expresados en moneda extranjera.
- Posición
neutra: cuando los activos y pasivos, ambos en moneda extranjera, son iguales.
De
esta manera, la exposición al riesgo cambiario se puede dar de las siguientes
tres formas: (i) recibiendo ingresos o egresos en moneda extranjera; (ii)
manteniendo depósitos o activos financieros en moneda extranjera; y/o (iii) mantener
deuda en moneda extranjera.
De
hecho, en el Perú, que es un país semidolarizado, los depósitos del público
están en gran medida expresados en moneda extranjera (dólares). Sin
expectativas de depreciación y bajo un régimen de tipo de cambio fijo, no
existiría una diferencia entre los préstamos en moneda doméstica y la moneda
extranjera, de manera que las tasas de interés en ambos casos serían los
mismos. Sin embargo, en una economía como la peruana, esto no es posible, por
ende existen diferencias entre ambas tasas.
“Si
un banco puede prestar su dinero en soles o dólares, las tasas de interés
correspondientes a cada tipo de moneda deben estar fijadas de manera que le sea
indiferente prestar en una u otra moneda” (Fernández-Baca, 2000, pág. 198). Si se considera a “i” como la tasa de interés en moneda
nacional, i* como la tasa de interés
en moneda extranjera, “E” el tipo de
cambio, y Ee el tipo de cambio esperado. Entonces, lo expresado por
Fenández-Baca, en el caso de un sol, tiene que cumplir la siguiente expresión:
1 + i = (1 + i*)´ (Ee/E)
La
expresión anterior es la denominada ecuación de la paridad de las tasas de
interés, y muestra que la tasa de interés en moneda nacional será más alta por
efecto de la depreciación esperada del tipo de cambio.
Considerando
la tasa de depreciación:
Ee/E = 1 + x
Llevando
a la primera expresión y operando convenientemente,
obtiene:
x = i - i*
Entonces,
las diferencias de las tasas o spread está reflejando la tasa esperada de
depreciación del tipo de cambio.
No
obstante, la evidencia empírica ha demostrado que esta relación se rompe casi
siempre, dejando entrever que existen otros factores que no se consideran en la
ecuación. Entre uno de esas posibles respuestas se encuentra la incertidumbre
generada de un escenario de riesgo, de manera tal que considerando regímenes
diferenciados de riesgo, estos podrían establecer que la ecuación se cumpla o
no.
REFERENCIAS
Adler, M. &. (1984). Exposure
to currency risk: definition and measurement. Financial management, 41-50.
Fernández-Baca, J. (2000). Dinero,
precios y tipo de cambio (Vol. 1). Fondo Editorial, Universidad del
Pacífico.
Levi, M. (1997). Finanzas
internacionales (Tercera ed.). Madrid: McGraw Hill.
Mendiola, A. A.-P. (2018). Gestión del riesgo cambiario de las
empresas emisoras de bonos en mercados internacionales, 2005-2015. Lima.